Cálculo de la titularidad real

Especificación del cálculo — v0.1

Estado: borrador. Fecha: 2026-09-15. Sin código.

Este documento define cómo se calcula la titularidad real de la entidad_objetivo a partir de una entrada válida según modelo-datos.md v0.1, en dos regímenes:

No fija el formato de salida, solo su contenido mínimo (§9).

0. Convenciones

Notación (m es una magnitud: capital o votos):

Símbolo Significado
S La entidad_objetivo
h_m(X, Y) Participación directa de X en Y en la magnitud m, tras la preparación del §2
own_m(X, Y) Participación multiplicativa de X en Y: todas las cadenas, multiplicadas y sumadas (§3.1)
C(X, Y) X controla Y según el AMLR (§3.3)
Dep(X) Entidades dependientes de X según el art. 42 del Código de Comercio (§3.4)
va(X, Y) Votos agregados de X en Y según el art. 42 (§3.4)
base(Y) Total de votos de Y tras el ajuste de la Dir. 22.5 (§3.4)

1. Resumen

  España (lectura aplicada, C19) AMLR
Umbral de titularidad «superior al 25 por ciento» (Ley 4.2.b): > 25 «25 % o más» (52.1): ≥ 25
Umbral de control «mayoría de los derechos de voto» (CCom 42.1.a): > 50 en votos (C10) «50 % más una de las acciones o los derechos de voto» (53.2.c): > 50 en capital o en votos
Participación indirecta La Ley no da método. Se aplica la multiplicación (L1, C17) Multiplicación y suma de cadenas (52.1)
Control a mitad de cadena Votos de las dependientes, sumados enteros (L2, CCom 42.1, último párrafo) Art. 54.a y 54.b
Ciclos Multiplicación: serie completa (B). Agregación de votos: base de la Dir. 22.5 (C). Ninguna norma lo resuelve (§6) Serie completa (B). Ninguna norma lo resuelve (§6)
Nadie alcanza el umbral Administradores (4.2.b bis), con carácter condicional en v0.1 Cargos de dirección de alto nivel, que no son titulares reales (22.2, 63.4)

2. Preparación común

Estos pasos transforman la entrada validada en el grafo sobre el que se calcula. Son iguales para los dos regímenes, salvo el §2.5.

Orden. Las secciones no van en el orden en que se aplican. Se aplican así, en cada magnitud por separado:

  1. C2 (atribución al principal) y C3 (aristas paralelas), sobre toda la entrada;
  2. las entidades cuyos titulares no se recorren (OPACA, C4; COTIZADA, C5);
  3. C1 (subgrafo), sobre el grafo que resulta;
  4. los huecos de C4;
  5. los ciclos cerrados (§6.4);
  6. C1 otra vez, porque tratar un ciclo cerrado puede dejar nodos sin camino hasta S.

Se hace por magnitud porque, con la lectura contraria de C29 en España, C2 se aplica en votos y no en capital, y los dos grafos son distintos.

2.1 Subgrafo relevante

[C1 — decisión propia] Solo se calcula sobre los nodos que tienen un camino de aristas hasta S, además de S. El resto ya generó el aviso AVI-08 en la validación y se ignora (modelo, D21). Los cargos de S se conservan para el supuesto supletorio (§8).

2.2 Participaciones por cuenta de otro

[C2 — decisión propia] En todos los cálculos, una arista con por_cuenta_de se atribuye al principal, como si él fuera el titular. El titular formal no recibe nada por esa arista.

2.3 Aristas paralelas

[C3 — decisión propia] Si, tras C2, un mismo titular tiene varias aristas hacia la misma entidad (por ejemplo, una propia y otra a través de un testaferro), sus valores se suman en cada magnitud para obtener h_m. Base en España: CCom 42.1, «se añadirán». Base en el AMLR: 52.1, «sumando los resultados de esas distintas cadenas»; cada arista es una cadena de un tramo.

2.4 Huecos: participaciones sin titular identificado

[C4 — decisión propia] Todo lo que no llega a una persona física identificada se representa con titulares virtuales, que se propagan como una persona más pero nunca pueden ser titulares reales:

Caso Titular virtual
Entidad en la cadena cuya suma en la magnitud m es menor que 100 NO_IDENTIFICADO(X), con 100 − suma en m. Si la suma se aparta de 100 por el redondeo que admite D15, por encima o por debajo, no hay hueco
Entidad en la cadena sin titulares NO_IDENTIFICADO(X), con 100 en capital y en votos
Entidad intermedia cuya clase no es sociedad (modelo, D8) OPACA(X): sus titulares no se recorren y ella recibe todo lo que le llegue. Si la que no es sociedad es S, ver C31

El volumen que llega a S a través de estos titulares virtuales se usa en los avisos del §9 y puede impedir el supuesto supletorio (§8).

[C31 — decisión propia] Entidad objetivo que no es una sociedad. Si S tiene una clase distinta de sociedad, el resultado es «fuera de alcance» en los dos regímenes y no se calcula.

2.5 Sociedades cotizadas

[C5 — decisión propia]

2.6 Aritmética

[C6 — decisión propia]

[C28 — decisión propia] Valores iguales a un umbral. La aritmética es exacta, pero los datos no siempre lo son. Con 4 decimales, a partir de cierto número de acciones un valor registrado como 25 o 50 puede esconder una participación que en realidad está justo al otro lado del umbral (modelo, D23).

2.7 Fecha de aplicación del AMLR

[C7 — decisión propia] Si fecha_referencia es anterior al 2027-07-10, el AMLR se calcula igualmente, porque comparar los dos regímenes es el objetivo del proyecto, pero la salida avisa de que todavía no es aplicable. Base: AMLR art. 90, «Será aplicable a partir del 10 de julio de 2027».


3. Primitivas de cálculo

3.1 Participación multiplicativa: own_m(X, Y)

Qué calcula. La parte de Y que corresponde a X en la magnitud m, multiplicando los porcentajes a lo largo de cada cadena de X a Y y sumando todas las cadenas. Es la regla del AMLR 52.1: «multiplicando las acciones o los derechos de voto u otra participación en la propiedad de la que sean titulares las entidades intermedias de la cadena […] y sumando los resultados de esas distintas cadenas».

[C8 — decisión propia] Cómo se calcula:

[C9 — decisión propia] Las magnitudes se propagan por separado: own_capital multiplica solo capitales y own_votos solo votos. Dónde se mezclan y qué se hace con la mezcla está en el §7.

3.2 Umbral de control

[C10 — decisión propia] Hay control cuando se supera estrictamente el 50:

3.3 Control en el AMLR: C(X, Y)

[C11 — decisión propia] C(X, Y) se cumple si ocurre alguna de estas dos cosas (es el cierre transitivo de la relación):

  1. own_capital(X, Y) > 50 u own_votos(X, Y) > 50. Es la «propiedad directa o indirecta» del 53.2.c, e incluye la participación directa.
  2. Existe una entidad Z tal que C(X, Z) y C(Z, Y). Es el control «en cada nivel» del 53.2.b.

El control por otros medios (53.3 y 53.4) queda fuera de v0.1 (modelo, D19).

3.4 Dominio y votos agregados en España: Dep(X) y va(X, Y)

Base textual:

[C12 — decisión propia] Definición:

Cuatro cosas que esta definición supone:

3.5 Atribución con transparencia del control (lectura extensiva)

[C13 — decisión propia] Se calcula como own_m (§3.1), pero dando peso 1 a cada arista en la que el titular controla directamente a la participada:

Se escribe eff_m(P, S).


4. AMLR

4.1 Reglas

4.2 Cuándo se aplica el 52.1 y cuándo el 54

Una cadena de P a S se puede partir en tramos de dos tipos:

Forma de la cadena Regla que la cubre Qué se atribuye a P
Solo O (O…O) 52.1 El producto de la cadena
Solo C (C…C) 51.b (control indirecto, 53.2.b) y 54.a P controla S
C…C y después un único O (P controla un accionista directo D) 54.a h(D, S) entero, no multiplicado
O…O y después C…C (una entidad K controla S) 54.b Basta con own(P, K) ≥ 25
Otras formas (C O O…, O C O…, varias alternancias) Ninguna Ver §4.4

[N3 — no resuelto] El 52.1 dice «salvo que resulte de aplicación el artículo 54», pero no aclara si el 54 sustituye al 52.1 en las cadenas mixtas o si se añade a él.

[C14 — decisión propia] Se aplican todas las pruebas y el resultado es su unión: una persona es titular real si cumple el 52.1, el 51.b, el 54.a o el 54.b.

[C27 — decisión propia] La lectura contraria se comprueba en cada entrada:

4.3 Control a mitad de cadena

Hay dos formas que el art. 54 sí regula:

54.a: el control está arriba y la participación abajo. P controla, directa o indirectamente, una o varias entidades D que son accionistas directos de S.

54.b: la participación está arriba y el control abajo. Una entidad K controla S, directa o indirectamente (C(K, S)).

4.4 Cadenas con varios tramos de control

[N4 — no resuelto] El art. 54 solo contempla un cambio: control arriba y participación abajo (a), o participación arriba y control abajo (b). No dice nada de cadenas como C O C O.

Ejemplo (Ej. 5): P —60 %→ A —50 %→ B —60 %→ C —50 %→ S.

Cota útil. En el AMLR, un tramo sin control tiene tanto el capital como los votos en 50 o menos, porque si no sería control (C10). Por eso, una sola cadena con dos o más tramos O no puede pasar del 25 %, ni multiplicando ni con la lectura extensiva. Consecuencias:

Qué hace el cálculo. Aplica las reglas literales (§4.5). Si la lectura extensiva da eff_m(P, S) ≥ 25 para alguien que no es titular real por esas reglas, lo marca como «posible titular real: forma de cadena no regulada (N4/N5)». Nunca lo cuenta como titular real (C13).

4.5 Algoritmo

  1. Preparar el grafo (§2). Si S no es una sociedad (C31), el resultado es «fuera de alcance» y se termina.
  2. Calcular own_m(P, X) para cada persona física P, cada titular virtual y cada entidad X (§3.1).
  3. Calcular la relación de control C (§3.3).
  4. Aplicar las pruebas a cada persona física P, en cada magnitud m:
Prueba Condición Base
A1 own_m(P, S) ≥ 25 51.a y 52.1
A2 C(P, S) 51.b y 53.2
A3 La suma de h_m(D, S) de los accionistas directos D de S que son entidades y cumplen C(P, D) es ≥ 25 54.a y C15
A4 Existe una entidad K de clase sociedad con C(K, S) y own_m(P, K) ≥ 25 54.b y C16
  1. Condición de titular real: P lo es si cumple alguna prueba en alguna magnitud (C14). La salida guarda qué pruebas y qué magnitudes cumple, con sus valores.
  2. Avisos (§9):
    • lectura extensiva (C13), si eff_m(P, S) ≥ 25 y P no es titular real;
    • control agregado (C26);
    • sensibilidad al art. 54 (C27);
    • lectura contraria de N9 (C29);
    • mezcla de magnitudes (§7);
    • huecos (§9);
    • sensibilidad al método de ciclos (§6);
    • valores iguales a un umbral (C28).
  3. Si nadie es titular real, se aplica el supuesto supletorio (§8.2).

5. España

5.1 Qué dice la Ley y qué no dice

[N1 — no resuelto] Ni la Ley ni el RD dicen cómo se calcula el porcentaje indirecto.

[N2 — no resuelto] La remisión al art. 42 es «a efectos de la determinación del control». No se dice si también sirve para medir el porcentaje que alguien «controla».

5.2 Lecturas posibles

Lectura Qué significa «posean o controlen, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25 %» Cálculo
L1: multiplicación «Poseer indirectamente» es tener la parte proporcional de lo que tienen las sociedades intermedias own_m(P, S) > 25 (§3.1)
L2: art. 42 «Controlar un porcentaje» es disponer de los votos de las dependientes, sumados enteros: el control del art. 42 aplicado a medir el porcentaje va(P, S) · 100 / base(S) > 25 (§3.4). Solo votos
L3: transparencia del control Las sociedades que P controla son transparentes (peso 1); el resto se multiplica eff_m(P, S) > 25 (§3.5)

Hay una cuarta lectura, L0 (solo participaciones directas), que el propio texto descarta: la Ley dice «directa o indirectamente».

Qué da cada una. Los números están en el §10:

Dos observaciones:

5.3 Qué lectura se aplica

[C17 — decisión propia] L1 se usa para «posean»: la Ley no da método, y la multiplicación es la única de las tres que atribuye una parte proporcional sin exigir control. Es también la del AMLR 52.1.

[C18 — decisión propia] L2 compara con el 25 % sobre la misma base ajustada que usa para decidir el dominio. La Dir. 22.5 está escrita para decidir la mayoría y aquí se extiende a medir el porcentaje.

[C19 — decisión propia] Elijo L1 ∪ L2 como lectura aplicada. Una persona es titular real en España si supera el 25 % en L1 (capital o votos) o en L2 (votos).

5.4 Algoritmo

  1. Preparar el grafo (§2). Si S no es una sociedad (C31), el resultado es «fuera de alcance» y se termina. Si S es cotizada exceptuada (C5), o filial participada mayoritariamente de una cotizada (C30, con own_capital del §3.1), el resultado es «exceptuada» y se termina.
  2. Calcular own_m(P, X) (§3.1).
  3. Calcular Dep, va y base (§3.4).
  4. Aplicar las pruebas a cada persona física P:
Prueba Condición Base
E1 own_capital(P, S) > 25 u own_votos(P, S) > 25 Ley 4.2.b («posean») y C17
E2 va(P, S) · 100 / base(S) > 25 Ley 4.2.b («controlen»), CCom 42.1, C12 y C18

Si además S ∈ Dep(P), la salida indica que P controla S (CCom 42.1.a). Esto no hace falta para ser titular real, porque ya implica E2.

  1. Condición de titular real: E1 o E2 (C19).
  2. Avisos (§9):
    • lectura L3;
    • lectura contraria de N13 (C29);
    • mezcla de magnitudes;
    • huecos;
    • sensibilidad al método de ciclos;
    • valores iguales a un umbral (C28).
  3. Si nadie es titular real, se aplica el supuesto supletorio (§8.1).

6. Ciclos

6.1 Qué dicen las normas

Ninguna norma resuelve cómo tratar un ciclo al calcular la titularidad real [N7 — no resuelto]. El análisis de fuentes está en el modelo, §4.1:

6.2 Método que se aplica

[C20 — decisión propia]

6.3 Aplicación al ejemplo del modelo de datos

Ejemplo del modelo, §10: ciclo E-OBJETIVO → E-BETA (50 %) → E-HOLDING (40 %) → E-OBJETIVO (30 % de capital / 35 % de votos).

Titular Capital, método B Votos, método B Capital, método A Votos, método A
P-ANA 38/94 = 40,43 % 46/93 = 49,46 % 38 % 46 %
P-CARLOS 24/94 = 25,53 % 27/93 = 29,03 % 24 % 27 %
P-DIEGO 12/94 = 12,77 % 20/93 = 21,51 % 12 % 20 %
NO_IDENTIFICADO(E-FONDO) 20/94 = 21,28 % 0 % 20 % 0 %
P-BRUNO (testaferro) 0 % 0 % 0 % 0 %
Suma 100 % 100 % 94 % 93 %

Cómo se obtienen las cifras del método B: P-ANA tiene 20 % directo y 60 % × 30 % = 18 % a través de E-HOLDING, en total 0,38, dividido entre (1 − 0,06). P-CARLOS tiene 18 % a través del testaferro y 50 % × 40 % × 30 % = 6 % a través de E-BETA, en total 0,24, dividido entre (1 − 0,06). En votos: P-ANA, (0,25 + 0,6 × 0,35) / 0,93; P-CARLOS, (0,20 + 0,5 × 0,4 × 0,35) / 0,93.

Agregación de votos (método C):

Resultado:

  AMLR España
P-ANA Titular real: A1 (40,43 / 49,46) y A3 (controla E-HOLDING, que tiene 30 / 35 directo). No controla E-OBJETIVO: 49,46 no pasa de 50 Titular real: E1 (40,43 / 49,46) y E2 (60 %). Además controla E-OBJETIVO (CCom 42.1.a)
P-CARLOS Titular real: A1 (25,53 en capital, 29,03 en votos), por cuenta de Titular real: E1 (25,53 / 29,03), por cuenta de
P-DIEGO No es titular real (12,77 / 21,51). Aviso de hueco: 12,77 + 21,28 = 34,04 ≥ 25, así que podría serlo si participa en E-FONDO Igual (34,04 > 25)
Sensibilidad al método de ciclos Con el método A, P-CARLOS se queda en 24 % de capital, pero sigue siéndolo por votos (27 %). La relación de control tampoco cambia. El conjunto de titulares no cambia Igual
Sensibilidad al art. 54 (N3) P-CARLOS lleva ART54-SENS (ver abajo) No aplica

Por qué no importa aquí el método: P-CARLOS está cerca del umbral en capital (25,53 con B frente a 24 con A), pero los votos (29,03 y 27) lo mantienen en los dos métodos. Con otros datos, el mismo ciclo sí cambiaría el resultado. Por eso existe el aviso de sensibilidad.

Lo que sí depende de N3:

Lectura contraria de N9 y N13 (C29):

Valores iguales a un umbral (C28): el ejemplo tiene dos del 50 % en E-BETA, pero leerlos por encima o por debajo no cambia quién es titular real en ninguno de los dos regímenes. No hay UMBRAL-EXACTO.

Los regímenes no discrepan en quién es titular real, pero sí en el criterio: en España P-ANA controla E-OBJETIVO porque se suman sus votos y los de E-HOLDING, que domina; en el AMLR nadie la controla.

6.4 Ciclos cerrados

Si un grupo de entidades se tiene entre sí al 100 %, sin ningún titular de fuera, el sistema del §3.1 no tiene solución única. Esas entidades se tratan como un hueco (NO_IDENTIFICADO) y la salida avisa de «ciclo cerrado: sin titulares externos».

6.5 Verificación de las cifras

Las cifras del §6.3 y las de la tabla del §4.2 del modelo de datos se recalculan con fracciones exactas en verificacion/test_cifras_ciclos.py. Desde la raíz del repositorio:

python3 -m unittest discover -s verificacion -v

7. Capital y votos

Cómo se propagan. Por separado, con la misma regla (C9): el capital se multiplica por capital y los votos por votos.

Dónde se mezclan:

Punto España AMLR
Umbral final En cualquiera de las dos: «del capital o de los derechos de voto» (Ley 4.2.b) En cualquiera de las dos: «acciones, derechos de voto u otra participación» (52.1)
Control Solo votos (CCom 42.1.a). No hay mezcla Capital o votos (53.2.c). Hay mezcla: el control conseguido con capital transmite también los votos de la controlada (54.a)
Agregación Solo votos (art. 42) No hay regla de agregación (N8)

Si una cadena supera el umbral en una magnitud y no en la otra, la persona es titular real en los dos regímenes, porque basta con una. La salida indica en qué magnitud y con qué valor. No se pondera ni se combina.

[N6 — no resuelto] Ningún texto dice si una misma cadena puede mezclar magnitudes al multiplicar. Por ejemplo, el capital en el primer tramo y los votos en el segundo. El 52.1 dice «multiplicando las acciones o los derechos de voto» sin aclararlo.

[C21 — decisión propia] No se mezcla al multiplicar. Como aviso se calcula el producto mixto: en cada arista se toma el mayor de capital y votos. Si con él alguien alcanza el umbral y no es titular real por las reglas aplicadas, la salida indica «posible titular real: mezcla de magnitudes (N6)».


8. Supuestos supletorios

8.1 España: administradores

Base textual:

[C22 — decisión propia] Si nadie es titular real por E1 ni por E2:

8.2 AMLR: cargos de dirección de alto nivel

Base textual:

[C23 — decisión propia] Si nadie es titular real por A1 a A4:


9. Contenido mínimo de la salida y avisos

Para cada régimen, la salida contiene:

Código Condición Norma no resuelta
POS-T eff_m(P, S) alcanza el umbral del régimen (§3.5) N1 y N2 en España; N4 y N5 en el AMLR
POS-AGREGADO Con el control agregado C⁺, P cumpliría A2, A3 o A4 (§3.3). Solo AMLR N8
POS-MEZCLA El producto mixto alcanza el umbral (§7) N6
POS-FORMAL Con las aristas por_cuenta_de atribuidas al titular formal, P cumpliría A1, A2, A3 o A4 en el AMLR, o E1 en España, donde la atribución al titular formal es solo en capital (§2.2) N9 en el AMLR; N13 en España
POS-HUECO P participa en S (own_m(P, S) > 0 en alguna magnitud) y cumpliría alguna prueba del régimen si fuera suyo todo lo que tienen los titulares NO_IDENTIFICADO y OPACA (C4, C34). Para la prueba de participación (A1, E1) solo cuentan las magnitudes en que P participa en S: es own_m(P, S) + U_m, siendo U_m lo que llega a S desde esos titulares. Las pruebas de control (A2 a A4, E2) se recalculan con las aristas de los huecos atribuidas a P. Quien no participa en S no se señala: que pudiera estar detrás del hueco vale para cualquiera, y eso ya lo dicen H1 y H3 Estructura incompleta

La versión anterior de POS-HUECO no pedía own_m(P, S) > 0. En cuanto U_m alcanzaba por sí solo el umbral, marcaba a todas las personas de la entrada, también a administradores sin ninguna participación.

Hasta C34, POS-HUECO solo miraba la participación (own_m(P, S) + U_m). No señalaba a quien, con el hueco, controlaría una entidad de la cadena: con el 30 % de una intermedia que tiene el 30 % de S y otro 30 % sin identificar, P llega al 9 + 9 = 18 %, pero con el hueco tendría el 60 % de la intermedia (corpus, caso 12).

Código Condición
H1 U_m alcanza por sí solo el umbral: puede haber un titular real sin identificar
H2 Se da algún POS-HUECO
H3 Todo lo que tienen los titulares virtuales NO_IDENTIFICADO y OPACA, atribuido a un mismo titular, cumpliría una prueba de control: A2, A3 o A4 en el AMLR, E2 en España (C35). Quien esté detrás de lo que no está identificado podría ser titular real, aunque lo que llega a S sin identificar no alcance el umbral (H1)
CICLO-SENS El método A cambia quién es titular real (§6.2). Cubre N7 y N12
ART54-SENS Un titular real lo es solo por A1 y dejaría de serlo si el 54 sustituyera al 52.1 (§4.2). Solo AMLR. Cubre N3
UMBRAL-EXACTO Leer por encima o por debajo los valores que coinciden con un umbral cambia quién es titular real (§2.6). Es un límite de los datos (modelo, D23), no de la norma
CICLO-CERRADO Hay un ciclo cerrado (§6.4)
T-NO-CONVERGE La lectura extensiva no se puede calcular (§3.5)
MEZCLA-NO-CONVERGE El producto mixto no se puede calcular (§7, C21)
DOMINIO-INESTABLE El cálculo de dominio del §3.4 no se estabiliza; E2 queda como no determinable
AMLR-NO-APLICABLE La fecha de referencia es anterior al 10-07-2027 (C7)
COTIZADA Lo que llega a través de cotizadas con requisitos de información en España (C5), a título informativo
EXENCION-SENS S no es filial de una cotizada según C30, pero lo sería midiendo con los votos o con una cadena de mayorías directas de capital: la identificación podría no ser preceptiva (RD 9.4). Solo España. Cubre N14

«Alcanza el umbral» significa > 25 en España y ≥ 25 en el AMLR. [C24 — decisión propia] Todos los avisos usan el umbral del régimen en el que se calculan.

[C32 — decisión propia] Resultado estable. La salida indica, para cada régimen, si el resultado es estable. No lo es si lleva alguno de estos avisos:

Un «determinado» que no es estable no se presenta como un resultado cerrado. Los demás avisos no afectan a la estabilidad:

[C33 — decisión propia] Resultado completo. Es un criterio aparte de la estabilidad (C32). Un resultado es inestable si otra lectura lo cambiaría. Es incompleto si lo cambiarían datos que faltan. Puede ser las dos cosas. La salida indica, para cada régimen, si el resultado es completo. No lo es si lleva alguno de estos avisos:

Lo que llega por cotizadas (COTIZADA) no cuenta: el RD 9.4 dispensa de identificarlo (C5).


10. Ejemplos numéricos

En todos los ejemplos, capital y votos coinciden salvo que se indique lo contrario. P, Q, R y las demás letras con número son personas físicas; A, B, C, D, H y K son sociedades.

Ej. 1: exactamente el 25 %

S: P1, P2, P3 y P4 tienen el 25 % cada uno.

  AMLR España
P1 a P4 Titulares reales por A1: 25 ≥ 25 No: 25 no es > 25 (E1) y va = 25 no es > 25 (E2)
Estado determinado: cuatro titulares reales supletorio (condicional): los administradores de S (4.2.b bis)
UMBRAL-EXACTO (C28) Sí: leídos justo por debajo del 25, nadie sería titular real Sí: leídos justo por encima, P1 a P4 serían titulares reales

Ej. 2: control arriba, participación abajo (54.a)

S: H 30 %, X 70 %. H: P 60 %, Q 40 %.

Lectura P Q X
AMLR, A1 (52.1) 18 % → no 12 % → no 70 % → sí
AMLR, A3 (54.a) Controla H, que tiene 30 % ≥ 25 → sí No controla H —
España, L1 18 % → no 12 % → no 70 % → sí
España, L2 Domina H → va = 30 > 25 → sí 0 → no sí
Titulares reales AMLR: sí · España: sí (solo por L2) No Sí

Variante con acumulación: P controla A1 y A2 (60 % de cada una), que tienen cada una el 15 % de S.

Con la lectura «L1 sola», que se descarta en C19, P no sería titular real en España.

Ej. 3: participación arriba, control abajo (54.b)

S: C 60 %, R 40 %. C: P 30 %, Q 70 %.

  P Q R
AMLR Sí, por A4: C controla S y own(P, C) = 30 ≥ 25. Por A1 no (18 %) Sí, por A1 (42 %) y A2 (controla C, que controla S) Sí (40 %)
España, L1 ∪ L2 No: L1 = 18; L2 = 0, porque no domina C Sí: L1 = 42; L2 = 60, controla S Sí (40 %)
España, L3 0,3 × 1 = 30 > 25 → POS-T — —

Diferencia entre regímenes: P es titular real en el AMLR y en España solo figura como posible (lectura extensiva, N1/N2).

Ej. 4: mayoría de capital sin mayoría de votos

S: A 30 %, R 70 %. A: P tiene 60 % del capital y 40 % de los votos; Q tiene 40 % del capital y 60 % de los votos.

  P Q R
AMLR Sí, por A3: controla A por capital (60 > 50, según 53.2.c) y A tiene 30 ≥ 25 Sí, por A3: controla A por votos (60 > 50) Sí
España No: L1 da 18 de capital y 12 de votos; L2, 0, porque con 40 % de votos no domina A Sí, por L2: domina A → va = 30 Sí

Diferencias:

Ej. 5: varios tramos de control (N4)

P —60 %→ A —50 %→ B —60 %→ C —50 %→ S. Los demás titulares: A2 tiene el 40 % de A, B2 el 50 % de B, C2 el 40 % de C y S2 el 50 % de S.

  P B2 S2
AMLR literal (A1–A4) No: 52.1 da 9 %; ni 54.a ni 54.b se aplican (§4.4) No: 52.1 da 0,5 × 0,6 × 0,5 = 15 %; no controla B (50 %) y nadie controla S Sí (50 %)
AMLR, lectura extensiva 1 × 0,5 × 1 × 0,5 = 25 ≥ 25 → POS-T 0,5 × 1 × 0,5 = 25 ≥ 25 (B controla C) → POS-T —
España (L1, L2 y L3) L1 = 9; L2 = 0, porque A no domina B con 50 %; L3 = 25, que no es > 25 → ni titular ni aviso L1 = 15; L2 = 0, porque con el 50 % no domina B; L3 = 25, que no es > 25 → ni titular ni aviso Sí (50 %)

La versión anterior de esta tabla solo analizaba a P, y el resumen daba a P como único posible titular en el AMLR. B2 tiene la misma forma de cadena no regulada, O C O, y también llega a 25.

UMBRAL-EXACTO (C28), en los dos regímenes. Las aristas del 50 % (A→B, B2→B, C→S y S2→S), leídas justo por encima, darían control. Con eso, en el AMLR también serían titulares reales P, A2, B2 y C2, y en España, P y B2.

Ej. 5b: el 54 como sustitución o como suma (N3)

P y A2 tienen el 50 % de A cada uno. A tiene el 100 % de D. D tiene el 50 % de S y S2 el otro 50 %.

  P (y A2, simétrico) S2
AMLR con unión de pruebas (C14) Sí, por A1: 0,5 × 1 × 0,5 = 25 ≥ 25. Aviso ART54-SENS: la única cadena tiene un tramo de control (A→D) y sin ella queda 0 Sí
AMLR si el 54 sustituye al 52.1 No: la cadena mezcla control (A→D) y participación, así que solo valdría el 54; y P no controla A (50 %) ni D controla S (50 %) Sí
España No: 25 no es > 25 Sí

UMBRAL-EXACTO (C28), en los dos regímenes. En el AMLR, leyendo el 25 justo por debajo, P y A2 dejarían de ser titulares reales. En España, leyéndolo justo por encima, lo serían.

Ej. 6: mezcla de magnitudes (N6)

A: P tiene 60 % del capital y 10 % de los votos; Q, 40 % del capital y 90 % de los votos. S: A tiene 10 % del capital y 45 % de los votos; R, 90 % del capital y 55 % de los votos.

  P Q R
AMLR Sí, por A3: controla A por capital, y A tiene 45 % de votos en S ≥ 25 Sí, por A3 (controla A por votos) Sí
España No: L1 da 6 de capital y 4,5 de votos; L2, 0. Producto mixto: 0,6 × 0,45 = 27 > 25 → POS-MEZCLA Sí, por L2 (va = 45) Sí

Ej. 7: el ejemplo del modelo de datos

Ver §6.3. Los dos regímenes identifican a P-ANA y P-CARLOS. P-DIEGO lleva aviso de hueco (POS-HUECO). El resultado no depende del método de ciclos. En el AMLR, P-CARLOS lleva ART54-SENS (N3). En España, P-ANA además controla E-OBJETIVO.

Ej. 8: filiales de cotizadas (C30, N14)

L es una sociedad con cotizacion y requisitos_informacion_ue_o_equivalentes: true, sin titulares en la entrada.

Ej. 8a: S es filial. S: L 60 %, P 40 %.

  AMLR España
S Se calcula: la cotización no cambia nada own_capital(L, S) = 60 > 50: S es filial de L → exceptuada (RD 9.4)
P Titular real por A1 (40 %) No se calcula
Avisos H1: lo que llega a través de L (60 %) va a NO_IDENTIFICADO(L) —

Variante: si L tuviera el 40 % del capital y el 60 % de los votos, S no sería filial según C30 y se calcularía: P sería titular real (60 % del capital). Midiendo con los votos sí sería filial, así que la salida daría EXENCION-SENS.

Ej. 8b: la filial es una intermedia. X: L 51 %, P 49 %. S: X 70 %, R 30 %.

  AMLR España
S Se calcula own_capital(L, S) = 0,51 × 70 = 35,7: S no es filial. X sí lo es, pero es intermedia y se recorre (C30)
P Titular real por A1 (0,49 × 70 = 34,3 %) y A4 (X controla S y P tiene el 49 % de X) Titular real por E1 (34,3 %)
R Titular real (30 %) Titular real (30 %)
L Su 35,7 % en S va a NO_IDENTIFICADO(L): aviso H1 Su 35,7 % va a COTIZADA(L), sin aviso de hueco
Avisos H1 EXENCION-SENS: con una cadena de mayorías directas (51 % de X, 70 % de S), S sería filial de L

Si la exención se aplicara también a la filial intermedia, los socios de X no se recorrerían y P, con el 34,3 % de S, quedaría sin identificar en España.

Resumen de diferencias

Ej. AMLR España Por qué difieren
1 P1 a P4 Supletorio: administradores Umbral ≥ 25 frente a > 25
2 P, X P, X No difieren, pero en España P solo sale por L2
3 P, Q, R Q, R (P posible) El 54.b no tiene equivalente en L1 ∪ L2
4 P, Q, R Q, R Control por capital (53.2.c) frente a solo votos (CCom 42.1.a)
5 S2 (P y B2 posibles) S2 Forma no regulada: vale 25 exacto, que en el AMLR alcanza el umbral
5b P, A2, S2 S2 Umbral y lectura del «salvo» del 52.1
6 P, Q, R Q, R (P posible) Control por capital y mezcla de magnitudes
7 Ana, Carlos Ana, Carlos Solo difiere el criterio: en España Ana controla S
8a P Exceptuada La exención del RD 9.4 no tiene equivalente en el AMLR
8b P, R P, R No difieren en titulares: lo que llega a través de L es un hueco en el AMLR y va a COTIZADA(L) en España

11. Decisiones propias

# Decisión Sección Alternativa descartada Motivo
C1 Solo se calcula sobre los nodos con camino hasta S, buscado en el grafo ya atribuido por C2 §2.1 Calcular sobre todo el grafo Los nodos sin camino no pueden aportar nada a S; es coherente con D21
C2 La arista por_cuenta_de se atribuye al principal en todos los cálculos; el titular formal no recibe nada §2.2 (a) Atribuirla al titular formal. (b) En el AMLR, tratarla solo como control por otros medios (53.4.c), fuera de v0.1 (a) Da falsos positivos y negativos. (b) Dejaría sin atribuir una participación conocida. El CCom 42 y la Dir. 22.3–22.4 la atribuyen al principal
C3 Las aristas paralelas del mismo titular, tras C2, se suman §2.3 Tratarlas por separado Sumarlas es lo que hace el CCom 42.1 («se añadirán») y el AMLR 52.1 («sumando los resultados de esas distintas cadenas»)
C4 Los huecos son titulares virtuales que se propagan §2.4 Ignorar los huecos En España, ignorarlos haría que la regla de los administradores (4.2.b bis) se aplicara sin tener en cuenta a quien puede estar en el hueco. En el AMLR, se declararía que no hay titular real sin poder afirmar que se han «agotado todos los medios posibles de identificación» (22.2)
C5 España: S cotizada con requisitos de información se exceptúa, y las intermedias en ese caso no se recorren; sin esos requisitos, se tratan como cualquier otra entidad. AMLR: la cotización no cambia el cálculo §2.5 (a) Aplicar el 65.a del AMLR como excepción. (b) Que baste con cotizar en las intermedias (versión anterior) (a) El 65.a exime de obligaciones (arts. 63 y 64), no de la definición (51–55). (b) El RD 9.4 condiciona la excepción a las obligaciones de información; bastar con cotizar las daría por cumplidas, contra D13
C6 Aritmética con fracciones exactas; solo se redondea al mostrar §2.6 Coma flotante binaria Los umbrales > 25 y ≥ 25 se deciden en el valor exacto
C7 El AMLR se calcula aunque la fecha sea anterior a 2027-07-10, con aviso §2.7 No calcularlo Comparar los dos regímenes es el objetivo del proyecto
C8 own_m se calcula resolviendo un sistema lineal (serie completa), con el titular como origen §3.1 Enumerar cadenas Con ciclos hay infinitas cadenas; el sistema da su suma exacta
C9 Capital y votos se propagan por separado §3.1 Mezclarlos al multiplicar Ningún texto lo autoriza (N6); la mezcla solo se usa para avisar (C21)
C10 Hay control si se supera el 50: en el AMLR en cualquier magnitud, en España solo en votos §3.2 ≥ 50 «50 % más una» y «mayoría» exigen más de la mitad
C11 Control en el AMLR = cierre transitivo de own > 50 §3.3 Solo control directo en cada nivel El 53.2.c incluye la «propiedad directa o indirecta» del 50 % más una
C12 Dominio en España: art. 42.1.a aplicado a personas físicas, con agregación y base de la Dir. 22.5; los votos neutralizados no cuentan en los agregados; rondas hasta estabilizarse, con aviso si no lo hace §3.4 Solo votos directos, sin agregación La Ley remite al art. 42 y a la Dir. 22 (1 a 5), y el art. 42 manda agregar
C13 La lectura extensiva (transparencia del control) solo genera avisos §3.5 Contarla como titularidad real No tiene apoyo literal fuera de las formas del art. 54
C14 En el AMLR se unen las pruebas 52.1, 51.b, 54.a y 54.b §4.2 El 54 sustituye al 52.1 en las cadenas mixtas Considerandos 106 y 108; la sustitución deja fuera a quien llega al 25 % por multiplicación (Ej. 5b)
C15 54.a: se suman solo las entidades controladas, no la participación directa propia §4.3 Sumar también la directa El texto dice «entidades jurídicas titulares»; el caso mixto se avisa (N5)
C16 54.b: own(P, K) según el 52.1 §4.3 Exigir participación directa en K El texto dice «directa o indirectamente»
C17 España, «posean»: multiplicación (L1) §5.3 Solo participaciones directas (L0) La Ley dice «directa o indirectamente»; la multiplicación es la única que atribuye una parte proporcional sin exigir control
C18 España: el umbral de L2 se mide sobre la base ajustada por la Dir. 22.5 §5.3 Medirlo sobre 100 Usar la misma medida para el dominio y para el umbral
C19 España: la lectura aplicada es L1 ∪ L2; L3 solo avisa §5.3 (a) L1 sola. (b) L3 (a) Ignora la remisión al art. 42 para el control. (b) Solo tiene apoyo en el AMLR
C20 Ciclos: método B para multiplicar, C para agregar votos, A como prueba de sensibilidad, también para el control del AMLR §6.2 Rechazar las entradas con ciclos, o usar solo el método A B suma todas las cadenas, como pide el 52.1 en el AMLR; en España coincide con la Dir. 22.5, a la que remite la Ley; en los dos reparte el 100 %. C es un texto al que la Ley remite; A pierde parte de la participación
C21 No se mezclan magnitudes al multiplicar; el producto mixto solo avisa §7 Usar el producto mixto como regla N6: ningún texto lo autoriza
C22 Supletorio en España: administradores, siempre condicional; no determinable si hay huecos §8.1 Aplicarlo sin condiciones v0.1 no evalúa el control por otros medios, y la Ley exige que «no exista» nadie por encima del umbral
C23 Supletorio en el AMLR: cargos ejecutivos que sean personas físicas, siempre provisional; nunca como titulares reales §8.2 Presentarlos como titulares reales Considerando 125
C24 Los avisos usan el umbral del régimen en el que se calculan §9 Un umbral único Evitar avisos que el propio régimen no reconocería
C25 Un caso N se señala en la salida cuando otra lectura se puede calcular con la entrada y cambiaría quién es titular real. N10 y N11 solo se documentan §0 Un aviso por cada caso N Un aviso que no compara con nada no dice nada del caso concreto: o salta siempre, o compara con una regla que no está en ningún texto (ambiguedades.md)
C26 AMLR: control agregado C⁺ (C11 más la suma de lo que tienen X y sus controladas), solo para avisar (POS-AGREGADO) §3.3 Contar C⁺ como control N8: el AMLR no lo dice; en v0.1 no se considera control
C27 AMLR: se comprueba si el titular lo sería sin las cadenas con tramos de control (own^O); si no, aviso ART54-SENS §4.2 No avisar, porque C14 ya es la lectura más amplia La lectura contraria quita titulares, y quien lo es solo por C14 debe saberse
C28 Un valor igual a un umbral se toma como exacto; se repite el cálculo leyéndolo justo por encima y justo por debajo, y si cambia quién es titular real, aviso UMBRAL-EXACTO §2.6 (a) Avisar siempre que un valor coincida con un umbral. (b) Declarar «no determinable» (a) Saltaría en cualquier sociedad al 50/50 aunque no cambie nada. (b) Casi siempre un 50 registrado es la mitad justa; el límite solo aparece a partir de cientos de miles de acciones (modelo, D23)
C29 Se repite el cálculo con las aristas por_cuenta_de en su titular formal: en el AMLR, en las dos magnitudes; en España, solo en capital. Si alguien pasa a cumplir alguna prueba, POS-FORMAL §2.2 (a) Dejar N9 y N13 señalados solo con la marca «por cuenta de». (b) En España, atribuir también los votos al titular formal (a) La marca solo sale en el principal; no avisa si con la otra lectura el titular formal sería titular real. (b) Para los votos hay texto: CCom 42.1 y Dir. 22.4.a
C30 España: S es «exceptuada» si es filial participada mayoritariamente de una cotizada con requisitos de información: own_capital(L, S) > 50, por cada cotizada. No se aplica a las filiales intermedias. EXENCION-SENS si otra lectura la haría filial §2.5 (a) Medir con los votos, o con capital o votos. (b) Cadena de mayorías directas. (c) Aplicarlo también a las filiales intermedias El RD 9.4 dispensa, no prohíbe: una lectura estrecha como mucho identifica de más, y una amplia puede dejar sin identificar a un titular real. (a) «Participada» habla de participación, no de control. (b) El 60 % del 60 % no es una participación mayoritaria. (c) Dejaría sin recorrer a los socios minoritarios de la filial, que la transparencia de la cotizada no cubre (Ej. 8b)
C31 Si S no es una sociedad, el resultado es «fuera de alcance» en los dos regímenes y no se calcula §2.4 (a) Tratar S como OPACA(S). (b) Calcular como si fuera una sociedad (a) Nadie sería titular y el supletorio acabaría en «no determinable», que sugiere que faltan datos cuando lo que falta son las reglas. (b) El RD 8 y el AMLR 52.4 tienen reglas propias para esas entidades, que v0.1 no tiene (modelo, D8)
C32 Un resultado no es estable si lleva un aviso de lectura alternativa que cambiaría el resultado, o de una comprobación que no se ha podido hacer §9 Tratar todo «determinado» como un resultado cerrado Un resultado que cambiaría con el valor justo al otro lado del umbral, o con otra lectura calculable, no es un resultado cerrado
C33 Un resultado no es completo si lleva H1, H2, H3 o POS-HUECO. Es un criterio aparte de la estabilidad, y H3 es un aviso nuevo §9 (a) Contarlo como inestabilidad. (b) Solo H1 (a) Faltar datos no es tener otra lectura: la salida debe decir cuál de las dos cosas pasa. (b) H1 solo mira la participación; lo no identificado también puede controlar una entidad intermedia sin que lo que llega a S alcance el umbral
C34 POS-HUECO aplica todas las pruebas del régimen (A1 a A4, E1 y E2), con todo lo no identificado atribuido a P a la vez §9 (a) Solo la participación: own_m(P, S) + U_m. (b) Un aviso aparte para el control. (c) Atribuir cada hueco por separado (a) Deja fuera a quien controlaría una entidad de la cadena con el hueco, aunque lo que llega a S no alcance el umbral (caso 12). (b) La pregunta es la misma, si P sería titular real con lo que falta, como en POS-FORMAL, que también recalcula todas las pruebas. (c) Con todos a la vez basta: las participaciones y el control de P solo crecen al añadirle aristas, así que si P cumple una prueba con parte de los huecos, también con todos
C35 H3 evalúa todos los huecos juntos, como si fueran de una sola persona §9 Cada hueco por separado (versión anterior) Varios huecos pueden ser de la misma persona, y juntos controlar una entidad que ninguno controla solo: el 30 % sin identificar de Y y el 60 % sin identificar de Z, que tiene el 40 % de Y, son el 54 % de Y. Es lo que ya hace H1, que suma lo que llega a S desde todos los huecos

12. Casos que la norma no resuelve

Están en ambiguedades.md: los catorce casos N1 a N14, con qué dice la norma, por qué no determina un comportamiento único, qué hace esta implementación, cómo se señala en la salida y a qué régimen afecta. El mismo fichero recoge, aparte, los casos que vienen del formato del dato y no de la norma (F1 a F4), como el límite de precisión de D23.